TRÁMITE DE INICIO DE AÑO
SE HA MODIFICADO LA SOLICITUD DE LICENCIA AMBIENTAL (LAU-CDMX), por parte de las autoridades de SEDEMA publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 18 de diciembre de 2020, la cual la puedes consultar en: https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/b4173b44d9f4383f92ae43853a062a12.pdf La LAU-CDMX, se publicó el 20 de agosto de 2002. La obligación de presentar dicha Licencia, se encuentra estipulada en la Ley de Protección a la Tierra Cap. Vl Bis, la cual es aplicable para establecimientos industriales que no son de competencia federal, mercantil y de servicio, así como espectáculos públicos que emitan contaminantes al ambiente como: Industria Alimenticia, Hoteles, Tiendas departamentales, Restaurantes, Comercio al por mayor y al por menor, Panificadoras, Escuelas, Hospitales, Lavanderías, Bares, farmacéuticas, ente otros. Dicho instrumento, es de obligación ambiental reportar año tas año en SEDEMA la cual debe presentarse en el primer cuatrimestre del año la solicitud, sea nueva o actualización. En el caso de ser Nueva, se requiere de un plazo no mayor a 60 días del inicio de operaciones https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/b4173b44d9f4383f92ae43853a062a12.pdf |